Consejo Nacional de Seguridad Privada muestra interés en estrategia de seguridad de Morelia

Morelia, Michoacán; 20 de febrero de 2025.

Integrantes del Consejo Nacional de Seguridad Privada (CNSP) realizaron una visita al Juzgado Cívico Municipal de Morelia con el objetivo de conocer a fondo el Modelo de Justicia Cívica implementado en la capital michoacana y reforzar la colaboración entre la seguridad privada y la seguridad pública en la entidad. Durante la visita, el Comisionado Municipal de Seguridad, Alejandro G. Cussi, presentó detalladamente este modelo, destacando su enfoque en la prevención de delitos y la formación de ciudadanos responsables.

El Modelo de Justicia Cívica de Morelia, instaurado desde 2015 bajo la administración del Presidente Municipal Alfonso Martínez Alcázar, se centra en la resolución de conflictos cotidianos mediante mecanismos de mediación y sanciones orientadas a la reparación del daño. Esta estrategia ha sido reconocida a nivel nacional e internacional por su eficacia en la promoción de la legalidad y el orden público.

La creación de la Policía Morelia en 2015, también durante la gestión del Presidente Martínez Alcázar, representó un avance significativo en materia de seguridad en la ciudad. Este cuerpo policial, concebido como un órgano desconcentrado dependiente de la Comisión Municipal de Seguridad Ciudadana, tiene como misión preservar el orden y la paz pública.

Durante la visita, los miembros del CNSP destacaron la importancia de estrechar la colaboración entre la seguridad privada y Policía Morelia con el fin de fortalecer la protección y seguridad de las familias morelianas.

El Consejo Nacional de Seguridad Privada (CNSP) es una asociación civil cuyo propósito es unificar al sector de la seguridad privada en México. Este organismo reúne a empresas reconocidas por su calidad y eficiencia en sus operaciones, promoviendo el fortalecimiento y la dignificación de la labor de seguridad privada en el país. Además, el Consejo ofrece al público información sobre empresas certificadas que brindan servicios como guardias, adiestramiento canino, blindajes, sistemas electrónicos y custodias, asegurando estándares de calidad y profesionalismo en el sector.

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Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;
 
Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;
 
Comisión de Gobernación, Seguridad Pública, Protección Civil y Participación Ciudadana:
Será presidida por quien se ostente Titular de la Presidencia Municipal, a la cual le corresponde vigilar el cumplimiento de la normatividad que integra el Sistema Jurídico Mexicano; Fomentar el civismo y los sentimientos patrios entre la población; Promover la capacitación permanente de las y los empleados municipales, eficientando la prestación de los servicios públicos; Coadyuvar con las autoridades 
competentes municipales y de los demás niveles de gobierno, a preservar la seguridad pública, el orden y la
paz social en el Municipio; Supervisar la prestación del servicio social que se efectúe en la Administración Pública Municipal; Atender todo lo relacionado con los mecanismos de participación ciudadana que se desarrollen en el Municipio; Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de Protección Civil, que le corresponda observar al Ayuntamiento; Establecer, en su caso, en coordinación con las autoridades federales y estatales, las disposiciones o mecanismos de Protección Civil necesarios ante las
eventualidades que deba accionarse; Elaborar y presentar al Ayuntamiento, para su aprobación, en su caso, las iniciativas de reglamentos de su competencia; y, Las demás que en el ámbito de la competencia municipal
y disposiciones le sean aplicables;